Rioja empieza a mirar por fin hacia el origen: hacia el viñedo

La simplista, pero efectiva, clasificación de vinos de Rioja por su tiempo de estancia en madera es la única diferenciación de vinos que los consumidores conocen hasta ahora. Pese a que las grandes e históricas regiones del mundo clasifican sus vinos por el origen, por los viñedos, el éxito comercial en las décadas pasadas del crianza, reserva y gran reserva ha convertido a la madera en el injusto gran protagonista de la denominación de origen Rioja.

No hay más que preguntar a los enólogos históricos por aquellos depósitos que cataban y cómo sabían distinguir a ‘pico’ la procedencia de cada uno de ellos y cómo, por ejemplo, un vino del entorno de Villaba o de los Obarenes iba a aportar una acidez fundamental para el envejecimiento de un tempranillo de Haro o la Sonsierra o cómo una garnacha de Tudelilla iba a encajar a la perfección para elaborar vinos históricos de Rioja de mezcla de variedades y orígenes.

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Ese reconocimiento de los vinos locales, comarcales, ha existido siempre, aunque oculto en las últimas décadas, y desde principios de los años 2000 Bodegas Familiares de Rioja promueve una diferenciación de vinos que atienda al origen de los viñedos: a las parcelas y fincas, a los municipios y las comarcas, con especificidades de esta gran y amplia denominación como es Rioja que a nosotros nos gusta llamar la tierra de los mil vinos.

Este verano, por fin, el Consejo Regulador ha hecho un ‘guiño’ hacia sus viñedos históricos con la aprobación de la nueva categoría de ‘Viñedos Singulares’, un selecto club de vinos procedentes de fincas o parcelas con singularidad propia y acreditada y unos estrictos requisitos de producción. Bodegas Familiares impulsó esta categoría, en una decisión que consideramos histórica a la par que la obtención de la condición de ‘Calificada’ (que prohibió la venta de graneles y obliga a que todo el vino de Rioja se embotelle en origen) en 1991 o la aprobación de nuevas variedades autóctonas en el año 2009, que precisamente impulsó, desde la investigación y recuperación de las mismas nuestra asociación.

La segunda parte aprobada ha sido el desarrollo de los vinos locales (municipio) y de zona (Rioja Alta, Alavesa y Baja), que ya estaban reguladas desde 1999 pero a las que se quería dar un nuevo impulso. En este sentido, a partir de ahora en las nuevas etiquetas de Rioja podrá indicarse la zona y el municipio del que proceden las uvas, dos nuevas categorías que permiten concretar los orígenes y, sobre todo, empezar a explotar la diversidad geográfica.

A Bodegas Familiares de Rioja nos hubiera gustado una apuesta más nítida por el origen, especialmente en el caso de los vinos municipales, que no siguen los mismos criterios que los vinos de ‘Viñedos Singulares’, ya que no se han establecido limitaciones de producción por debajo d de la marca ‘genérica’ Rioja (hasta un máximo del 100% en campo y 70% en bodega como defendíamos nosotros) ni tampoco, mientras que se exige que la bodega esté localizada en el municipio para hacer vino de pueblo, cuando para nosotros lo importante es el viñedo, no el edificio, por lo que seguiremos trabajando para intentar mejorar las cosas.

En cualquier caso, esta nueva pirámide, en cuya cúspide se sitúan los vinos de Viñedos Singulares, seguidos de los municipales, de los zona y, por fin, de los de Rioja, es la primera diferenciación por origen con que van a encontrarse los consumidores-­aunque todavía habrá que esperar para que estos vinos vayan saliendo poco a poco al mercado­, que ya no sólo tendrán información del tiempo en madera y en bodega, sino también el origen más concreto de los vinos porque nada tiene que ver una garnacha de la Sierra de Yerga con una del Najerilla ni un tempranillo de los Obarenes con otro de la Sonsierra.

Las nuevas categorías

  1. Viñedos singulares: el viñedo deberá tener al menos 35 años y el rendimiento máximo admitido será de 5.000 kilos por hectárea para uvas tintas y de 6.922 para blancas (77% sobre el rendimiento normal del 100%) y del 65% en transformación en bodega (70% habitual).

 

  1. Vinos municipales: Al menos el 85% de las uvas deberán proceder de la localidad a que se haga referencia y el resto de municipios limítrofes.

 

  1. Vinos de zona: Al menos el 85% de las uvas deberán proceder de la comarca a que se haga referencia (Rioja Alta, Rioja Oriental -antes Baja- y Rioja Alavesa) y el resto de municipios limítrofes.